El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), revocó el acuerdo del Instituto Electoral de la entidad que quitaba el registro al partido local Espacio Hidalgo, por lo cual el registro de la agrupación política sigue vigente.
En sesión del pleno, la ponencia a cargo de la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga atendió el Recurso de Apelación interpuesto por el partido Espacio Hidalgo bajo el TEEH-RAP-009-2026 esto tras quitársele el registro por parte del IEEH el pasado 31 de agosto.
Dentro del cuerpo de la sentencia de este asunto, la magistrada expuso que el organismo electoral local no garantizó debidamente el derecho de audiencia durante la revisión del número de afiliados con los que contaba el partido, premisa que empleó el IEEH para justificar la eliminación de este partido político.
Refirió que el organismo se limitó a retomar los números generales que le fueron proporcionados y bajo una simple contrastación entre el número obtenido (afiliaciones válidas) y el número necesario (según el requisito), resolvió sobre la pérdida del registro.
El IEEH en aquella sesión del 31 de agosto pasado señaló que en esta revisión, Espacio Hidalgo contaba con solo 5 mil 755 afiliados válidos cuando el mínimo es de 6 mil 212.
Por el contrario, la resolución destaca que este partido político local cumplió con el requisito de la dispersión territorial, con registros válidos en 76 municipios (más de las dos terceras partes necesarias en territorio hidalguense), en tanto al utilizar el número global reportado de registros capturados en el sistema con corte al 31 de marzo, asciende a la cantidad de 6 mil 775 militantes.
De tal modo, se consideró como válido este número total ante la ausencia de resultados válidos respecto al proceso de verificación trianual que arrojan un número de afiliaciones válidas faltantes.
Al no existir certeza sobre el número y características respecto al dato de “afiliados válidos faltantes” (por las violaciones a la garantía de audiencia), este Tribunal determina, desde la aplicación del principio pro-persona, que la lista a partir de la cual se revise el requisito en cuestión, sea la emitida con corte al 31 de marzo”
Por tal motivo, se reiteró, no puede probarse que la disminución sobre el número de sus afiliaciones como requisito para la conservación de su registro se encuentre legalmente justificado.
Ante ello, por unanimidad de los integrantes del pleno es que se determinó revocar la resolución del acuerdo IEEH/CG/R/003/2026 y dejar sin efectos su contenido.
En plenitud de jurisdicción, se determina que el Partido Político Local Espacio Hidalgo, cuenta con el número mínimo de militantes que prevé la legislación aplicable, por lo que su registro como partido político continúa surtiendo todos sus efectos legales”
resolvió el TEEH.
